La carrera funcionaria de la atención primaria municipal no se rige por el Estatuto Administrativo sino por la Ley 19.378, y se mide en puntaje: experiencia, capacitación y mérito. Con ese puntaje cada funcionario se ubica en uno de quince niveles de su categoría, y de ese nivel depende su remuneración. Hoy casi todas las comunas lo llevan en planillas de cálculo mantenidas a mano.
El problema de la planilla no es que sea vieja: es que no tiene memoria. Cuando alguien pregunta por qué quedó en un nivel y no en otro, o qué puntaje tenía cuando se resolvió su último bienio, la planilla sólo sabe el estado de hoy. Escala guarda los hechos con la fecha en que ocurrieron y calcula cada vez, así que esa pregunta tiene respuesta.
Para quién
- Encargado de Carrera Funcionaria
- Registra experiencia, capacitación y estudios, acredita lo que puntúa, reconoce bienios y saca los reportes del período.
- Jefatura del Departamento de Salud
- Ve la dotación por categoría y por nivel, y quiénes están por cambiar de nivel o por cumplir un bienio.
- Direcciones de establecimiento
- Consultan la carrera de su propia gente, sin poder modificarla.
- Cada funcionario
- Entra a su portal y ve su nivel, su puntaje, cuánto le falta para el siguiente y que capacitaciónes se le computaron.
- Control interno y Contraloría
- Revisan la bitácora y verifican que no se alteró.